Vacaciones

Vacaciones: ¿Cuántos días me corresponden?

La Ley de Contrato de Trabajo establece cuántos días de licencia por vacaciones corresponden según la antigüedad en el empleo.

Antigüedad y días de vacaciones

  • Menos de 5 años: 14 días
  • Entre 5 y 10 años: 21 días
  • Entre 10 y 20 años: 28 días
  • Más de 20 años: 35 días

Cálculo de la antigüedad

La antigüedad se computa al 31 de diciembre de cada año. Por ejemplo, si ingresaste a trabajar el 01/03/2020, al 31/12/2024 tendrías una antigüedad de 4 años. Por lo tanto, te corresponderían 14 días de vacaciones, aunque las tomes en la segunda quincena de marzo de 2025, cuando ya hayas cumplido los 5 años de antigüedad.

Si todavía no cumpliste tu primer año de trabajo, pero trabajaste al menos la mitad de los días hábiles del año, también te corresponden 14 días de vacaciones. En caso de no cumplir este requisito, igual tendrás derecho a vacaciones, calculadas de la siguiente forma:

1 día de vacaciones por cada 20 días efectivamente trabajados.

¿Puedo elegir cuándo tomarme las vacaciones?

En principio, es el empleador quien decide en qué fecha cada trabajador debe tomar sus vacaciones. Sin embargo, existen ciertas limitaciones:

  1. Período establecido: El empleador debe otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente.
  2. Temporada de verano: Si las vacaciones no se otorgan en forma simultánea a todo el personal (por ejemplo, en caso de cierre del establecimiento) y se acuerdan individualmente o por grupo, el empleador debe garantizarte al menos una temporada de verano cada tres períodos.
  3. Notificación anticipada: El empleador debe notificar las fechas de las vacaciones con al menos 45 días de anticipación.
  4. Matrimonios en el mismo establecimiento: Si un matrimonio trabaja en el mismo lugar, el empleador debe otorgar las vacaciones de forma conjunta y simultánea, siempre que esto no afecte notoriamente el normal funcionamiento del establecimiento.
  5. Vacaciones no asignadas: Si el empleador no te notificó las fechas dentro del plazo legal, podés tomar las vacaciones previa notificación fehaciente. En este caso, las vacaciones deben concluir antes del 31 de mayo.

Sin embargo, hay que destacar que muchos empleadores permiten elegir al trabajador la fecha en la que se queire tomar vacaciones, atendiendo a ciertos parámetros de acuerdo al funcionamiento interno del establecimiento. 

Aspectos clave a tener en cuenta

  • Las vacaciones son pagas.
  • Este régimen constituye el mínimo establecido por la ley.
  • Si estás comprendido en un Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) o tu empleador ofrece un beneficio superior, las condiciones pueden variar a favor del trabajador. Por ejemplo, algunos convenios establecen que las vacaciones se computen como días hábiles en lugar de días corridos, ampliando los beneficios.

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